Cumelén: Lapidaria respuesta de un agrimensor al Concejo respecto del canje que impulsa Stefani

Por medio de una nota que responde a un pedido que le formulara el Concejo Deliberante, el Agrimensor Miguel Ramedonck van Megrode enfatizó en las complicaciones legales y de forma que conlleva un canje o permuta de tierras como el que el municipio le propuso a Cumelén por las calles públicas que existes dentro de dicho barrio.
“De acuerdo al decreto provincial N° 3.382 –reglamento de la Ley de Catastro Provincial N° 2.217 en su artículo 82), toda operación de mensura que modifique el estado parcelario del inmueble por acto voluntario de su titular, deberá asegurar la salida a calle pública de las nuevas parcelas originadas. Para el Caso de originar parcelas rurales confinadas se deberán crear caminos públicos o dejar establecida la obligatoriedad de constituir servidumbres de tránsito como condición necesaria para la registración definitiva del plano”, citó el agrimensor en respuesta a la duda generada respecto de la posibilidad de generar una parcela dentro de un Ejido Urbano sin salida a la calle pública. Cabe señalar que, llegado del caso de concretarse el canje, es lo que ocurriría en Cumelén e iría contra lo que marca la Ley de Catastro Provincial.
En otro ítem, Raemdonck explicó en qué situación quedarían las parcelas linderas a las calles desafectadas (paso previo que debe concretar el municipio para luego ejecutar en canje)
“Al constituir una desafectación de las calles públicas, dejaríamos a las parcelas existentes sin acceso a la vía pública. Esto se debe a que la desafectación generaría una parcela. En pocas palabras, quien antes tenía una calle para ingresar a su lote, a partir de la desafectación lo haría por medio de la parcela de un vecino.”
En este punto el Agrimensor se preguntó: “¿Qué conlleva esta nueva situación?” y enseguida se autorespondió: “por ende, hubiera que preguntar a los entes de gas y electricidad, si es posible dotar de servicios a la parcela existente a atravesando de otra parcela privada”.
Ante esta situación, Raemdonck recomendó: “tener el consentimiento de todos los propietarios linderos a las calles a desafectar y aclarar todas las situaciones que se plantearán desde la desafectación de las calles”.
Derechos de los propietarios de las parcelas colindantes a las calles a desafectar
“Desde el punto de vista de la Agrimensura, se menoscaba los derechos de los propietarios, dado que al no tener acceso a la calle pública, limita al titular el generar nuevas parcelas, esto incluye la unificación o división, dado que siempre es condición tener acceso a la calle pública”, indicó el agrimensor.
Por último, deslizó una sugerencia al Concejo Deliberante antes de que se proceda con la votación del proyecto de permuta que impulsa el Ejecutivo: “Le sugiero para obtener un procedimiento correcto para una desafectación de calle pública, que las preguntas formales se las hagan llegar al departamento de Legales de la Dirección Provincial de Catastro”.